Calculadora de CTS 2026
Calcula tu depósito con la fórmula oficial del Decreto Legislativo 650
Retiro del 100% vigente: la Ley N° 32322 permite disponer libremente de todo tu saldo de CTS hasta el 31 de diciembre de 2026. Desde 2027, salvo nueva ley, el retiro libre sería del 50%.
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Solo si los recibiste 3 o más veces en el semestre
Máximo 6 por periodo semestral
Días sueltos del mes incompleto
Tu CTS estimada es
S/ 0.00
Fechas de depósito de la CTS
| Depósito | Periodo que cubre | Fecha límite |
|---|---|---|
| Primer semestre | 1 nov — 30 abr | 15 de mayo |
| Segundo semestre | 1 may — 31 oct | 15 de noviembre |
Si el empleador no deposita a tiempo, incurre en infracción grave ante SUNAFIL y puede ser multado.
¿Qué es la CTS?
La Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) es un beneficio social obligatorio regulado por el Decreto Legislativo N° 650. Su función original es servir como un "seguro de desempleo": un fondo que te respalde económicamente si pierdes tu trabajo.
El empleador deposita este dinero dos veces al año en una cuenta CTS a tu nombre, en el banco o caja que tú elijas. No es un descuento de tu sueldo — es un pago adicional que asume la empresa.
Cómo se calcula la CTS: la fórmula oficial
El cálculo tiene dos partes. Primero se determina la remuneración computable:
- Sueldo básico mensual
- + Asignación familiar (S/ 113, si corresponde)
- + Un sexto (1/6) de la última gratificación recibida
- + Promedio de conceptos variables (comisiones, horas extras) si los recibiste al menos 3 veces en el semestre
Luego se aplica la fórmula proporcional al tiempo trabajado:
CTS = (Rem. Computable ÷ 12) × meses completos
+ (Rem. Computable ÷ 360) × días adicionales
Como la gratificación equivale normalmente a un sueldo completo, su sexto agrega aproximadamente un 16.7% adicional a la base de cálculo — por eso la CTS de un semestre completo suele ser algo mayor que medio sueldo.
¿Quiénes tienen derecho a la CTS?
- Trabajadores del régimen laboral privado (Decreto Legislativo 728).
- Que cumplan una jornada mínima de 4 horas diarias en promedio.
- Que hayan trabajado al menos un mes completo con el empleador.
No tienen derecho: los trabajadores de microempresas inscritas en el REMYPE (aquellas con ventas anuales de hasta 150 UIT), los trabajadores del régimen público bajo CAS, ni quienes prestan servicios por recibo por honorarios (cuarta categoría).
Retiro de la CTS: qué puedes hacer en 2026
Normalmente la CTS está "bloqueada" y solo podrías retirar el excedente de cuatro remuneraciones brutas. Sin embargo, la Ley N° 32322 autoriza excepcionalmente el retiro del 100% del saldo hasta el 31 de diciembre de 2026, sin necesidad de que termine tu contrato.
Adicionalmente, esta ley incorporó una excepción permanente: los trabajadores diagnosticados con enfermedad terminal o cáncer (debidamente acreditado ante el empleador) pueden retirar el 100% en cualquier momento, sin límite de fecha.
A partir del 1 de enero de 2027, salvo que se apruebe una nueva ley, regiría el retiro parcial libre de hasta el 50% del saldo acumulado.
¿Conviene retirar toda tu CTS?
Es una decisión personal, pero vale la pena considerar que la CTS fue diseñada precisamente como colchón para períodos de desempleo. Si retiras todo el saldo y luego pierdes tu trabajo, no tendrás ese respaldo. Además, el dinero en una cuenta CTS genera intereses, y las tasas suelen ser más competitivas que las de una cuenta de ahorro común — algunas cajas municipales ofrecen rendimientos notablemente mejores que los bancos grandes.