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Impuesto a la Renta 2026

Quinta categoría: tramos, deducciones y cálculo

Si ganas menos de S/ 2,750 brutos al mes, no pagas Impuesto a la Renta de quinta categoría. El umbral son 7 UIT anuales (S/ 38,500) repartidas en 14 pagos.

Calculadora de Impuesto a la Renta

Máximo 3 UIT = S/ 16,500

Impuesto anual

S/ 0.00

Retención mensual

S/ 0.00

Cálculo referencial sobre 14 pagos anuales (12 sueldos + 2 gratificaciones). No incluye otros ingresos, rentas de cuarta categoría ni situaciones particulares.

Tramos del Impuesto a la Renta 2026

Tramo (renta neta) En soles Tasa
Hasta 5 UIT S/ 0 – S/ 27,500 8%
Más de 5 hasta 20 UIT S/ 27,500 – S/ 110,000 14%
Más de 20 hasta 35 UIT S/ 110,000 – S/ 192,500 17%
Más de 35 hasta 45 UIT S/ 192,500 – S/ 247,500 20%
Más de 45 UIT Más de S/ 247,500 30%

Escala progresiva acumulativa: cada tramo se grava con su propia tasa, no se aplica una sola tasa a todo el ingreso. Calculado con la UIT 2026 de S/ 5,500.

¿Qué es la renta de quinta categoría?

Es el impuesto que pagan los trabajadores en planilla sobre sus ingresos por trabajo dependiente: sueldos, gratificaciones, bonificaciones, asignaciones y demás retribuciones. Tu empleador lo calcula, lo retiene mes a mes y lo declara a SUNAT mediante el PLAME — tú no tienes que hacer el trámite.

Cómo se calcula, paso a paso

  1. Proyecta tu ingreso anual: normalmente 14 pagos (12 sueldos + 2 gratificaciones), más cualquier bonificación prevista.
  2. Resta la deducción de 7 UIT: S/ 38,500 en 2026. Es automática y no requiere sustento.
  3. Resta los gastos deducibles adicionales: hasta 3 UIT (S/ 16,500) si tienes comprobantes válidos.
  4. Aplica la escala progresiva al resultado (la renta neta imponible).
  5. Divide entre 12 para obtener la retención mensual aproximada.

La clave: es progresivo, no una tasa única

Este es el error de comprensión más común. Si tu renta neta cae en el tramo del 14%, no pagas 14% de todo: pagas 8% sobre la primera parte (hasta 5 UIT) y 14% solo sobre el excedente.

Por eso tu tasa efectiva real siempre es menor que el tramo marginal en el que caes. La calculadora de arriba te muestra ambos números para que veas la diferencia.

Gastos deducibles adicionales (hasta 3 UIT)

Puedes reducir tu impuesto sustentando estos gastos con comprobantes electrónicos:

Para que cuenten, los pagos deben estar bancarizados (transferencia, tarjeta o depósito) cuando superen el monto mínimo que exige la norma, y sustentados con comprobante electrónico a tu nombre.

Ingresos que NO pagan Impuesto a la Renta

Las gratificaciones, en cambio, sí están gravadas, incluida la bonificación extraordinaria del 9%.

¿Y si trabajo para dos empleadores?

Debes informar al empleador que te paga la mayor remuneración sobre los ingresos que percibes del otro. Esa empresa será la responsable de calcular y retener el impuesto sobre el total.

Si no lo informas, cada empleador retendrá como si fuera tu único ingreso, y terminarás pagando menos de lo debido durante el año — lo que se regulariza (con intereses) en la declaración anual.

Devolución: cuándo te corresponde

Si tu empleador te retuvo más de lo que correspondía, tienes derecho a la devolución. Esto ocurre con frecuencia cuando dejaste de trabajar a mitad de año (la proyección anual asumía 12 meses de ingresos que no llegaste a percibir), o cuando tenías gastos deducibles que no fueron considerados en la retención mensual.

La devolución se solicita en la Declaración Anual del Impuesto a la Renta, que se presenta entre marzo y abril del año siguiente con tu Clave SOL.

Preguntas frecuentes

Cuando tus ingresos anuales superan 7 UIT (S/ 38,500 en 2026). Con 14 pagos al año, equivale a ganar más de S/ 2,750 brutos mensuales.
No, está inafecta. Tampoco pagan las indemnizaciones laborales ni los subsidios por incapacidad, maternidad o lactancia. Las gratificaciones sí están gravadas.
No. La escala es progresiva acumulativa: la tasa mayor se aplica solo a la porción que excede ese tramo, no a todo tu ingreso. Por eso tu tasa efectiva siempre es menor que el porcentaje del tramo en que caes.
Mediante la Declaración Anual del Impuesto a la Renta, que se presenta entre marzo y abril del año siguiente con tu Clave SOL. SUNAT suele tener un formulario prellenado con la información que ya recibió de tu empleador.