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Calculadora de Liquidación 2026

Estima tus beneficios sociales al terminar tu relación laboral

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Este cálculo es referencial y no incluye descuentos de ley (AFP/ONP, renta de quinta categoría) ni conceptos particulares de tu contrato. Para un cálculo exacto, consulta con un abogado laboral o con el área de recursos humanos.

¿Qué es la liquidación de beneficios sociales?

Es el pago final que tu empleador debe hacerte cuando termina la relación laboral, sin importar el motivo. Reúne todos los beneficios que acumulaste pero que aún no habías cobrado al momento del cese.

Por ley, debe pagarse dentro de las 48 horas siguientes al cese. Si el empleador se retrasa, se generan intereses legales a tu favor desde el día siguiente al vencimiento de ese plazo.

Conceptos que componen la liquidación

Indemnización por despido arbitrario: cómo se calcula

Corresponde a una remuneración y media (1.5 sueldos) por cada año completo de servicios, con un tope máximo de 12 remuneraciones. Las fracciones de año se pagan proporcionalmente: por dozavos los meses y por treintavos los días.

Es importante entender que esta indemnización solo aplica al despido arbitrario — es decir, cuando el empleador termina el contrato sin expresar una causa justa relacionada con tu capacidad o conducta, o cuando no logra demostrarla. Si renuncias voluntariamente o si simplemente vence tu contrato a plazo fijo, no corresponde este concepto.

Vacaciones: la "triple remuneración vacacional"

Si cumpliste un año completo de servicios y tu empleador no te otorgó tus vacaciones dentro del año siguiente, la ley contempla el pago de una indemnización vacacional adicional equivalente a una remuneración. En ese caso recibirías tres conceptos: la remuneración del mes vacacional, el pago de las vacaciones no gozadas, y la indemnización.

Esta indemnización no aplica a gerentes o representantes de la empresa que hayan decidido por sí mismos no tomar sus vacaciones.

¿Qué hacer si no te pagan tu liquidación?

Preguntas frecuentes

Sí. Tienes derecho a todos tus beneficios truncos (CTS, gratificación y vacaciones). Lo único que no corresponde es la indemnización por despido arbitrario, que aplica solo cuando el empleador termina el vínculo sin causa justificada.
Dentro de las 48 horas siguientes al cese de la relación laboral. Pasado ese plazo, se generan intereses legales a tu favor.
Solo los descuentos de ley (aportes previsionales sobre los conceptos remunerativos, impuesto a la renta de quinta categoría si corresponde) y deudas que hayas autorizado expresamente por escrito, como préstamos de la empresa. No pueden descontarte multas o daños sin un proceso previo.
No. Esa CTS ya está en tu cuenta bancaria y es tuya independientemente. En la liquidación solo se incluye la CTS "trunca": la acumulada desde el último depósito hasta tu último día de trabajo.